Polonia, Bruselas asigna al Sejm la elección de los ocho jueces constitucionales
La Comisión Europea invoca el artículo 194 de la Constitución polaca y la jurisprudencia de la Unión sobre el nombramiento de los ocho jueces del Tribunal Constitucional por parte del Sejm, mientras cinco jueces permanecen todavía fuera de sus funciones.
La Comisión Europea ha intervenido en la disputa institucional polaca sobre la composición del Tribunal Constitucional, invocando el artículo 194 de la Constitución polaca y la jurisprudencia de la Unión sobre la elección de los ocho jueces constitucionales, una elección que la Comisión atribuye al Sejm, la cámara baja del parlamento polaco. Lo informa Sbircia la Notizia, citando una comunicación de la Comisión Europea fechada el 31 de octubre; se trata por el momento de la única fuente disponible sobre el asunto.
La declaración de la Comisión orienta la posición política de la Unión sobre la cuestión, pero no produce por sí sola el nombramiento efectivo de los jueces: la Comisión no tiene poderes directos para imponer el nombramiento, y su posición permanece por tanto como una orientación política más que como un acto vinculante inmediato.
Sobre el terreno, la situación sigue en suspenso: cinco jueces todavía no ejercen sus funciones dentro del Tribunal Constitucional, una condición que deriva del entrecruzamiento entre juramentos cuestionados por un lado y sentencias de los tribunales europeos por otro.
En el examen del asunto, la comunicación de la Comisión ha tomado en consideración un conjunto de actos jurídicos distintos: el dictamen de la Comisión de Venecia, organismo consultivo del Consejo de Europa sobre cuestiones constitucionales; una medida adoptada en Estrasburgo; la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea identificada como C-448/23; y una resolución polaca indicada como K 3/26.
Este conjunto de referencias —un dictamen consultivo, una medida europea, una sentencia del Tribunal de Justicia y una resolución nacional— compone el marco jurídico sobre el que la Comisión ha construido su posición del 31 de octubre. La convergencia de fuentes de distinto nivel, desde las consultivas hasta las jurisdiccionales, refleja la complejidad de un asunto que entrelaza el derecho constitucional polaco con el ordenamiento de la Unión.
Queda abierta, en el estado actual, la cuestión concreta de cómo y cuándo los cinco jueces todavía excluidos podrán volver a ejercer sus funciones, un paso que dependerá de los desarrollos institucionales internos del Sejm más que de la sola toma de posición de Bruselas.
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